Si, ha fallecido un familiar o amigo, tal vez figures como beneficiario de su póliza de seguro de vida. En caso de duda, puedes averiguarlo y quedarte tranquilo.
Las compañías de seguros no quieren dejar de pagar ninguna indemnización. Por ello, han colaborado activamente con la Administración Pública en la creación de un Registro en el que figuran todos los contratos de seguros de vida con cobertura de fallecimiento. Se trata del Registro de Contratos de accidentes, que puedes consultar de las siguientes maneras: – A través de la cumplimentación de un formulario en la página web del Ministerio de Justicia en el que se solicita la información de los seguros contratados por la persona fallecida. – Mediante la petición por correo o en persona en el Registro General de Actos de Última voluntad (Pza. Jacinto Benavente nº 3, 28012 Madrid) o en alguna Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia, junto con el certificado literal de defunción de la persona de la cual quiere obtenerse el certificado (sólo podrá presentarse transcurridos 15 días hábiles desde la fecha de defunción). En el plazo de 7 días máximo el Registro expedirá un certificado con los contratos vigentes y con qué entidades están suscritos. Estos se recogerán del mismo modo en que se solicitaron (en persona o por correo). – Personándose en la entidad aseguradora correspondiente, para conocer si eres beneficiario de ese seguro y, en ese caso, recibir la indemnización.
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